La respuesta es clara: Tantos archivos como parcelas afectamos.
El objetivo o finalidad del archivo GML, que se incluye en el expediente de la Representación Gráfica Alternativa (ver documentos del expediente), es que una vez se haya aceptado la RGA que modifica la superficie de una finca, ésta quede debidamente coordinada con Catastro y Registro, es decir, que coincida exactamente su superficie y lindes.
Para que eso ocurra, el paso final ha de ser la inclusión de la RGA a la cartografía catastral, mediante el ya sobradamente conocido archivo GML. Por lo tanto, éste tiene que encajar a la perfección con la cartografía catastral, ello significa que necesariamente debemos incluir tantos archivos como parcelas afecta nuestra alteración de superficie, aunque no estén incluidas en el procedimiento notarial de inmatriculación, segregación, etc…
Con todo lo expuesto, queda claro también, que el Informe de Validación Catastral, debe darnos positivo, ya que se es negativo, no encajará en la cartografía catastral, notificando el catastro al Registro la resolución negativa y quedando por tanto, la finca sin coordinar.
¿Para qué tanto trabajo por parte del Técnico, Notario, Registrador, y gasto económico por parte del propietario, si al final se queda todo a medias?
Topógrafos! La solución está en nuestras manos…
No olvidemos:
Según el apartado séptimo de la resolución de 29 de octubre de 2015, el técnico que subscriba la RGA deberá declarar, bajo su responsabilidad, que el trabajo se ha ejecutado cumpliendo las especificaciones técnicas contenidas en la resolución, siguiendo la metodología específica, no estar incurso en causa alguna que impida o limite el ejercicio legítimo de su profesión o de su incompatibilidad legal para su realización, así como el cumplimiento de los requisitos técnicos que se especifican el apartado 2 a,b,c,d,e.
Si tienes más interés en este tema, puedes consultar los siguientes artículos:
¿QUÉ INCLUYE UN GML?, DOCUMENTACIÓN A APORTAR
INFORME DE VALIDACIÓN CATASTRAL, POSITIVO O NEGATIVO
Próximamente:
GML O SUBSANACIÓN DE DISCREPANCIAS CATASTRALES?
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